Responsabilidad Civil Extracontractual

AMPAROS BÁSICOS

Cubre la responsabilidad civil extracontractual en que incurra el asegurado por daños materiales y lesiones personales causados a terceros durante la vigencia de la póliza y que sucedan durante el desarrollo de las actividades propias del asegurado, debidamente relacionadas y  aseguradas por la presente póliza, predios, labores y operaciones.

LOS RIESGOS CUBIERTOS SON LOS CAUSADOS  DIRECTAMENTE POR

  • Incendio y/o explosión.
  • El uso de ascensores y escaleras automáticas dentro de los predios asegurados.
  • El uso de máquinas y equipos de trabajo de cargue y descargue y transporte dentro de los predios asegurados.
  • El montaje, desmontaje o desplome de avisos y vallas publicitarias  instaladas por el asegurado. En caso de que sean instaladas por terceros se ampara la Responsabilidad Civil solidaria del asegurado.
  • El uso de las instalaciones sociales y/o deportivas que se encuentren en los predios relacionados por el asegurado.
  • Eventos sociales o deportivos organizados por el asegurado en los predios relacionados por este.
  • Viajes de funcionarios del asegurado dentro del territorio nacional en cuanto en desarrollo de actividades inherentes al asegurado causen daños a terceros.
  • La participación del asegurado en ferias y exposiciones nacionales.
  • La vigilancia de los predios del asegurado por medio de personal y perros guardianes del asegurado.
  • La posesión y el uso de depósitos, tanques y tuberías que se encuentren ubicados o instalados dentro de los predios relacionados por el asegurado.
  • El uso de parqueaderos dentro de los predios relacionados en las condiciones particulares de la póliza.
  • La responsabilidad civil extracontractual de los miembros de junta o concejo directivo, representantes legales y empleados del asegurado derivada de daños materiales, lesiones personales y/o muerte causados a terceros en el desarrollo de sus actividades al servicio del asegurado.
  • Gastos de defensa,  cubrirá los gastos de defensa entendiendo como tales  los honorarios, costas y expensas razonables y necesarias en los que con el previo consentimiento escrito de Seguros del Estado se incurra en la negociación de acuerdos o  defensa de cualquier reclamación del tercero damnificado contra el asegurado, este fundada o infundada.

AMPAROS ADICIONALES:

  • Gastos médicos
  • Responsabilidad civil patronal
  • Vehículos propios y no propios
  • Contratistas y/o subcontratistas independientes
  • Responsabilidad civil  «cruzada» entre contratistas
  • Bienes bajo cuidado tenencia y control
  • Productos y trabajos terminados
  • Amparo adicional  para parqueaderos
  • Costas legales y honorarios profesionales

CLASES DE PÓLIZAS:

  • Póliza responsabilidad civil servidores públicos
  • Póliza responsabilidad civil profesional medica
  • Póliza responsabilidad civil clínicas y hospitales
  • Póliza responsabilidad civil directores y administradores
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