Responsabilidad Civil Extracontractual
AMPAROS BÁSICOS
Cubre la responsabilidad civil extracontractual en que incurra el asegurado por daños materiales y lesiones personales causados a terceros durante la vigencia de la póliza y que sucedan durante el desarrollo de las actividades propias del asegurado, debidamente relacionadas y aseguradas por la presente póliza, predios, labores y operaciones.
LOS RIESGOS CUBIERTOS SON LOS CAUSADOS DIRECTAMENTE POR
- Incendio y/o explosión.
- El uso de ascensores y escaleras automáticas dentro de los predios asegurados.
- El uso de máquinas y equipos de trabajo de cargue y descargue y transporte dentro de los predios asegurados.
- El montaje, desmontaje o desplome de avisos y vallas publicitarias instaladas por el asegurado. En caso de que sean instaladas por terceros se ampara la Responsabilidad Civil solidaria del asegurado.
- El uso de las instalaciones sociales y/o deportivas que se encuentren en los predios relacionados por el asegurado.
- Eventos sociales o deportivos organizados por el asegurado en los predios relacionados por este.
- Viajes de funcionarios del asegurado dentro del territorio nacional en cuanto en desarrollo de actividades inherentes al asegurado causen daños a terceros.
- La participación del asegurado en ferias y exposiciones nacionales.
- La vigilancia de los predios del asegurado por medio de personal y perros guardianes del asegurado.
- La posesión y el uso de depósitos, tanques y tuberías que se encuentren ubicados o instalados dentro de los predios relacionados por el asegurado.
- El uso de parqueaderos dentro de los predios relacionados en las condiciones particulares de la póliza.
- La responsabilidad civil extracontractual de los miembros de junta o concejo directivo, representantes legales y empleados del asegurado derivada de daños materiales, lesiones personales y/o muerte causados a terceros en el desarrollo de sus actividades al servicio del asegurado.
- Gastos de defensa, cubrirá los gastos de defensa entendiendo como tales los honorarios, costas y expensas razonables y necesarias en los que con el previo consentimiento escrito de Seguros del Estado se incurra en la negociación de acuerdos o defensa de cualquier reclamación del tercero damnificado contra el asegurado, este fundada o infundada.
AMPAROS ADICIONALES:
- Gastos médicos
- Responsabilidad civil patronal
- Vehículos propios y no propios
- Contratistas y/o subcontratistas independientes
- Responsabilidad civil «cruzada» entre contratistas
- Bienes bajo cuidado tenencia y control
- Productos y trabajos terminados
- Amparo adicional para parqueaderos
- Costas legales y honorarios profesionales
CLASES DE PÓLIZAS:
- Póliza responsabilidad civil servidores públicos
- Póliza responsabilidad civil profesional medica
- Póliza responsabilidad civil clínicas y hospitales
- Póliza responsabilidad civil directores y administradores